Todos los pasajeros que viajen al amparo del Visa Waiver Program deben tener una autorización de viaje aprobada antes de salir hacia los Estados Unidos, ya sea por vía aérea o marítima.
Incluso los bebés exentos de pagar billete de avión deben contar con una autorización de viaje aprobada si no tienen visado para viajar a los Estados Unidos. La solicitud puede ser presentada por un tercero a nombre de un pasajero amparado por el Visa Waiver Program.
La Autorización de Viaje (ESTA) es requerida para ciudadanos de países que participan en el Programa de Exención de Visa (VWP) cuando planean viajar a los Estados Unidos por motivos de turismo, negocios o tránsito. En términos generales, los siguientes criterios se aplican:
Ciudadanos de Países del VWP: La ESTA es necesaria para ciudadanos de países que participan en el Programa de Exención de Visa. No todos los países son elegibles, por lo que es importante verificar la lista actualizada de países participantes.
Viajes por Turismo, Negocios o Tránsito: La ESTA es obligatoria para viajes temporales a los Estados Unidos con fines de turismo, negocios o tránsito. Si tu visita es por motivos distintos a estos, es posible que necesites una visa convencional.
Viajes por Vía Aérea o Marítima: La ESTA es requerida para ingresar a los Estados Unidos por vía aérea o marítima bajo el VWP. Si planeas ingresar por tierra desde Canadá o México, generalmente no se requiere ESTA, aunque hay excepciones.
Duración de la Estadía: La ESTA permite estadías de hasta 90 días por vez en los Estados Unidos. Si tu viaje superará este límite o si planeas permanecer por más tiempo, es posible que necesites una visa convencional.
Pasaporte Electrónico: Debes poseer un pasaporte electrónico válido. Los pasaportes electrónicos contienen un chip integrado que almacena información biométrica.